QUÉ ES LA FE DE HECHOS

Notaría 25 • sept 21, 2018

Da certeza jurídica a todos tus asuntos

La Fe de Hechos o Pública, es la que se certifica ante un Notario Público sobre los hechos o acontecimientos que se susciten en cierto lugar a cierto tiempo, y da certidumbre jurídica en el sentido de que los hechos que interesan al derecho son auténticos y aceptados ante el Estado como verdad oficial.

 

La Fe de hechos abarca:

 

a) Actos Protocolares: los que pasan en los folios de protocolo del Notario (escrituras de compra-venta)

b) Actos Extraprotocolares: comprenden las certificaciones, sean de firmas, de fotocopias y certificados en general.

 

La obligación del Notario de ajustarse fielmente a los presupuestos solemnes prescriptos por la ley, en todos los actos y contratos que las partes deseen efectuar ante él.

 

Para que un Notario pueda dar Fe Pública, el hecho o acto en cuestión debe ser presenciado o percibido por él, por lo que se requiere presentar los siguientes requisitos:

 

• Carta solicitud al notario.

• Lugar y hora en la que se solicita la presencia del notario.

• Personalidad del representante, en caso de que la solicitud la haga una persona moral.

 

Para mayores informes sobre el trámite y constancia notarial de Fe de Hechos, acude con nuestros asesores y con gusto te brindaremos una atención personalizada para despejar cualquier duda en Notaría 25.

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